Modalidades de Acogimiento Familiar
Definición
Según la definición del DECRETO 35/2021, de 26 de Febrero, del Consell, de regulación del acogimiento familiar, el acogimiento familiar es una medida de protección por la que, en virtud de una resolución administrativa, la guarda de una persona menor de edad se ejerce por una familia o persona que asume las obligaciones de velar por ella, tenerla en su compañía, alimentarla, educarla y procurarle una formación integral y comunitaria durante el tiempo que dure el acogimiento, todo ello en los términos descritos en el artículo 125 de la Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de la Generalitat, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia.
El acogimiento ha de sustentarse en el buen trato y apego seguro, con especial atención a las necesidades específicas de la niña, niño o adolescente.